En el artículo 70 de la CPE indica que toda persona con discapacidad goza de los siguientes derechos:

  1. A ser protegido por su familia y por el Estado.
  2. A una educación y salud integral gratuita.
  3. A la comunicación en lenguaje alternativo.
  4. A trabajar en condiciones adecuadas, de acuerdo a sus posibilidades y capacidades, con una remuneración justa que le asegure una vida digna.
  1. Al desarrollo de sus potencialidades individuales.